Prisión vitalicia a funcionarios públicos delincuentes en Puebla



Hola a todos, el sábado fui al cine a ver el “Secreto de sus Ojos” (http://www.elsecretodesusojos.com), película protagonizada por Ricardo Darín, Soledad Villamil, Pablo Rago, Javier Godino y Guillermo Francella.

Entre los temas que se manejan en la película se encuentra la aplicación de la Ley del Talión que realiza uno de los personajes, motivado porque un funcionario sin escrúpulos deja en libertad a quien violó y asesinó a su esposa, por lo que él mismo lo encarcela en un área de su casa, castigo que aplica durante los 25 años que transcurren en dicha cinta, ya que considera que la pena de muerte es poca comparada con el daño que hizo, esa escena te deja sin habla, no sólo por las condiciones ilegales en las que aplica el castigo, sino porque muchos hemos deseado la aplicación legal de esa sanción en algunos casos.

En nuestro Estado de Puebla, en varias ocasiones algunas poblaciones han pretendido linchar a algunos delincuentes, porque consideran que las autoridades de la zona no le van a dar el castigo que merece, o peor aún, porque creen que sus autoridades están coludidas; y no he escuchado a nadie justificar a quienes se hacen justicia por sí mismo, pero tampoco he visto que defiendan la actuación de las autoridades en estos casos.

Por otra parte, en México ha sido muy discutida en los últimos años, la aplicación tanto de la pena de muerte como de la prisión vitalicia, yo en particular he promovido la aplicación de ésta última a los funcionarios públicos, que durante el ejercicio de sus funciones realicen alguna actividad de delincuencia organizada.

Esto es así, porque la investidura de funcionario público implica un compromiso directo con la sociedad y con el Estado, por ser el más alto privilegio cívico a que puede aspirar un ciudadano, sin embargo, la fuerza de la delincuencia organizada radica, en algunos casos, en las alianzas y vínculos que ha logrado establecer con funcionarios públicos de todos los niveles de gobierno, desde mandos policiales hasta las altas esferas políticas en algunos casos. Los transgresores corrompen a las autoridades y se mantienen en la impunidad.

De acuerdo con Edgardo Buscaglia, analista de la ONU, a nivel mundial, México ocupa el sexto lugar entre los países con mayor presencia de crimen organizado. Estos grupos han logrado relacionarse con el poder político, particularmente a nivel municipal, y calcula que entre 50% y 60% de las alcaldías a nivel nacional podrían tener algún vínculo con grupos del narcotráfico.

Por lo tanto, la actual estrategia del gobierno del combate al crimen organizado no va a tener la eficiencia deseada si no se rompen las redes financieras y los nexos del crimen con el poder político, pues en el Estado de Puebla, se encuentran documentados casos en los que algunos funcionarios públicos son miembros de organizaciones delictivas, el primero de ellos fue el narcoalcalde de Izúcar de Matamoros, Ruben Gil, actualmente en prisión y sujeto al proceso penal 08MJ740, seguido en los Estados Unidos de Norteamérica por conspiración y tráfico de drogas; mismo que fue detenido en ese país mientras transportaba cantidades importantes de cocaína.

Este es un ejemplo de que las bandas criminales que emplean sus propias técnicas, métodos e ideología, han podido asociarse a funcionarios públicos dedicados al secuestro, la extorsión, el narcotráfico, el acopio y tráfico de armas, el tráfico de órganos, la prostitución y explotación de menores, al robo de autos, y una lista interminable de ilícitos. En consecuencia, ante la falta de confianza en las instituciones, y el conocimiento de la superioridad en la estructura de una organización criminal, la sociedad no denuncia muchos otros delitos, por desconfiar en los servidores públicos encargados de velar por la paz y el orden públicos.


Por tanto, no basta la depuración de los elementos de la policía, el realizar las investigaciones correspondientes para deslindar responsabilidades penales y administrativas a los funcionarios públicos que hubieren incurrido en actos de corrupción, complicidad o encubrimiento en actos delictivos, ni que actualmente en el Código de Defensa Social para el Estado de Puebla, se establezcan agravantes a las sanciones aplicadas a los funcionarios públicos por incurrir en la comisión de un ilícito, sino que debe establecerse un mayor reproche penal a los funcionarios que mediante el ejercicio indebido del servicio público, cometen o auxilian a otras personas a cometer delitos en materia de delincuencia organizada, con el fin de proteger a la sociedad de estas malas autoridades, estableciendo la posibilidad de que en este tipo de conductas pueda incluso llegar a imponerse la pena de prisión vitalicia.

Esta pena además no es inconstitucional como muchos lo han señalado, así lo han señalado el propio Pleno de la Suprema Corte de justicia De de la Nación, en la tesis jurisprudencial publicada con el rubro: “PENA INUSITADA. SU ACEPCIÓN CONSTITUCIONAL”; asimismo, la Corte Penal Internacional, cuyo estatuto fue suscrito por nuestro país, en su artículo 77, estableció que a quien sea declarado culpable de alguno de los crímenes que en el Estatuto se establecen, se le podrá imponer, la pena de reclusión a perpetuidad.

Por otra parte, no existe ordenamiento alguno vigente en nuestro país que haya prohibido su aplicación y tanto en la legislación penal federal como en las locales correspondientes se establecen penas máximas que van de los 50 a los 75 años de reclusión.

No es óbice a lo anterior lo expuesto por algunos tratadistas en el sentido de que la prisión vitalicia es contraria a la finalidad que tiene la pena de prisión, que es la readaptación social, así como que no es posible establecerla en México por los altos índices de población dentro de los centros penitenciarios y los costos que esto genera al Estado.

Lo anterior es así, ya que por una parte, como se ha señalado en nuestro país, siempre han existido sentenciados con pena de prisión que prácticamente pasan el resto de su vida en la cárcel, precisamente por la comisión de ilícitos graves, por lo que no existiría un aumento significativo de la población dentro de las cárceles, máxime que con las reformas constitucionales en materia de seguridad pública y justicia penal, la prisión preventiva no va a ser una constante además de que se establecen medios alternativos de solución de conflicto.

Asimismo, la simple esperanza de que este tipo de delincuentes pueda llegar a readaptarse no es un argumento suficiente para exponer a toda la población a los daños que pueda causar la alta peligrosidad de los funcionarios públicos que utilizando su encargo incurren en conductas de delincuencia organizada, menos aún el que se refiere al costo económico que el Estado debe asumir con motivo de su sustento (actualmente es más o menos de cien a doscientos pesos diarios), no puede anteponerse a la seguridad de los poblanos.

Por esto razón estoy convencida de que debe modificarse el artículo 41 del Código de Defensa Social para incluir como pena, la prisión vitalicia para los funcionarios públicos que incurran en actividades de delincuencia organizada y probablemente, especificar tales hipótesis dentro del capítulo de delitos cometidos por funcionarios públicos, pues actualmente hace referencia a aquellos ilícitos en los que pueden incurrir con motivo de su función, pero no a aquellos delitos del orden común que ejecuta la delincuencia organizada como secuestro, homicidio, entre otros.

2 Response to "Prisión vitalicia a funcionarios públicos delincuentes en Puebla"

gravatar
Anónimo Says:

Saludos distinguida abogada Violeta.
Desde luego que abordar el tema de la prision perpetua, es importante, desde el punto de vista de la sociedad por regla general que aprueban las penas de mayor penalidad.Unicamente quisiera agregar que en lo personal no tengo nada en contra de la agravar las penas, pero me parece tambien importante establecer mecanismos para que la conducta de funcionarios publicos no queden en la impunidad, en un estado de derecho, este debe conservarse y cuando un funcionario publico incurre en cualquier conducta delictiva debe ser sancionado. Esto viene a colacion por que considero que ante el inminente cambio de gobierno deberia auditarse todos los rubros de la administracion publica con el objeto de determinar si los recursos fueron utilizados o desviados para otros fines.
Creo al menos por el momento es mas importante llevar a juicio a los que han incurrido en enriquecimiento ilicito, que dejarlos ir comodamente y esperar a que se reformen las leyes.
Saludos distinguida abogada.
Manuel Salmoran.

gravatar
Violeta Says:

Ágradezco su comentario Samuel, ojalá así se haga. Un abrazo.

Publicar un comentario